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Ordenanza 27/11/1997 59/1997

Se declara de Interés Municipal el PROGRAMA DE DESARROLLO MUNICIPAL SEGUNDA ETAPA (PDM II) y a los proyectos indicados en el anexo

Descripción

Se declara de interés municipal el Programa de Desarrollo Municipal Segunda Etapa (PDM II) y se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a adherir al programa, celebrar convenios de subpréstamo y gestionar los fondos destinados a la ejecución de proyectos de infraestructura. Se aprueban los contratos y documentos vinculados al financiamiento, garantizando el cumplimiento de las obligaciones mediante fondos de coparticipación provincial.

Asimismo, se faculta al Municipio a ejecutar proyectos, realizar adecuaciones administrativas y presupuestarias, crear cuentas bancarias para la gestión de fondos y adquirir equipamiento vial (motoniveladoras, retroexcavadora y camiones volcadores). También se establece la creación de un fondo municipal para asegurar el pago del préstamo y la recuperación de costos mediante contribuciones y tasas municipales.

Palabras Clave

Programa de desarrollo municipal segunda etapa ley provincial N° 3261 proyectos de infraestructura obras públicas 1997 gestion municipal equipamiento vial garantia de prestamo

Archivos Adjuntos

ORD.59-1997 INTERES MUNICIPAL AL PROGRAMA DE DESARROLLO MUNICIPAL 2º ETAPA_removed.pdf